miércoles, 15 de diciembre de 2010

COLOMBIA DECRETA PRIMERAS MEDIDAS EN ESTADO EMERGENCIA LLUVIAS

Reasignarán 211 millones de dólares para algunas entidades estatales y que irán a un fondo de calamidades. también expropiará aquellos predios que se necesitan para la reconstrucción de zonas afectadas
               Afectados se preparan para salir de las zonas desbordadas del Canal de Dique, Colombia (Efe)
  Bogotá. - El presidente de Colombia, Juan Manuel Santos, anunció el martes los primeros decretos dentro del estado de emergencia que declaró para enfrentar la crisis provocada por las fuertes lluvias, que han dejado más de 200 muertos y casi un centenar de desaparecidos.

La primera medida ordena reasignar unos 400.000 millones de pesos (211 millones de dólares) que algunas entidades estatales no ejecutaron dentro del presupuesto de gastos de este año y que irán a un fondo de calamidades, señaló Reuters.

Con los recursos se completa un billón de pesos (527 millones de dólares) que el Gobierno había anunciado que destinaría en la fase inicial para ayudar a los damnificados por las lluvias.

En una segunda medida, Santos decretó facilitar la expropiación por vía administrativa de aquellos predios que se necesiten para la reconstrucción de las zonas que han sido afectadas.

"El Gobierno en forma inmediata va a disponer (de los recursos) para atender esta primera fase que es la parte humanitaria", dijo Santos durante una visita a una de las zonas afectadas.

El Gobierno valoró en 5.230 millones de dólares el costo de los daños ocasionados por las lluvias, por lo que está analizando realizar adiciones al presupuesto del 2011, buscar créditos con organismos multilaterales, crear impuestos y vender activos de la nación.

La emergencia invernal es catalogada como la peor tragedia natural en la historia del país, pues sólo en los últimos tres meses ha dejado 246 muertos, 99 desaparecidos y 1,9 millones de damnificados.

Según las cifras oficiales se han contabilizado 2.938 viviendas destruidas y casi 300.000 averiadas.
.

No hay comentarios:

Publicar un comentario